La conservación de la flora amenazada de Aragón

 
 
Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca
Gobierno de Aragón
 
Introducción
Actualmente, la base legislativa principal para conservar la flora amenazada de Aragón, es la Ley 4/1989 del Estado, que exige la creación de un Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, con especies que necesitan una protección especial y una gestión activa a traves de unos planes que se tienen que aprobar como normativa legal, y permite la creación optativa de catálogos similares en las comunidades autónomas. Aragón, mediante un Decreto de 1995, fue una de las primeras regiones en aprobar el suyo, que incluyó 105 especies, subespecies y poblaciones de plantas.

 

Desde 1999, a la vista de los estudios científicos que evidenciaban que había especies en las categorías más altas del Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón que no estaban tan amenazadas como se pensaba, mientras que otras no catalogadas se encontraban en una situación mucho peor, se ha venido trabajando en una modificación que se ha aprobado mediante una Orden de marzo de 2004, que deja las siguientes 136 especies catalogadas en Aragón a día de hoy:

Categoría
Definición
Nº especies
Plan
Extinta
Ha desaparecido en la naturaleza.
0
Reintroducción
En peligro de extinción
Si las condiciones actuales se mantienen, desaparecerá en breve.
15
Recuperación
Sensible a la alteración de su hábitat
Si las condiciones actuales se mantienen, su hábitat desaparecerá en breve.
20
Conservación del hábitat
Vulnerable
Si las condiciones actuales se mantienen, puede llegar a estar en peligro de extinción o sensible a la alteración de su hábitat.
45
Conservación
De interés especial
Especie rara, endémica, de interés biogeográfico, cultural o ecológico, pero menos amenazada que las anteriores.
56
Manejo

 

 

Con esta modificación, se han incluído 33 plantas nuevas, se han cambiado de categoría 6 y se han excluído 2 plantas que se habían citado en Aragón por error. Entre las que se han cambiado de categoría, podemos citar endemismos de área muy restringida, pero sin actividades humanas que pusieran su hábitat en peligro, como Androsace pyrenaica, que ha bajado de la categoría “en peligro de extinción” a “vulnerable” porque crece en paredes rocosas del alto Pirineo central, sin riesgos inmediatos, o especies que son mucho más abundantes de lo que se creía, como Thymus loscosii, que, después de los estudios financiados por el Gobierno de Aragón, ha pasado, tanto en el Catálogo Nacional como en el Autonómico, de “en peligro de extinción” a “de interés especial”.

Por el otro lado, se han incluído especies que estaban en el Convenio de Berna y en la Directiva Hábitats, pero no estaban protegidas por la legislación estatal o autonómica, como Apium repens, Buxbaumia viridis y Riella helicophylla, especies que se acababan de descubrir en Aragón, como Corallorhiza trifida, una orquídea micótrofa descubierta en 1999 en Ordesa, o Astragalus exscapus, una leguminosa de zonas de clima continental, que se conocía de los Alpes y de Granada y que se descubrió hace poco en Almunia de San Juan (Cinca Medio), especies cuya entidad taxonómica se había puesto temporalmente en duda (Sideritis fernandez-casasii, de Gúdar), especies que podrían llegar a estar en problemas si no se regula su recolección (flor de nieve, Leontopodium alpinum), especies cuya situación se desconocía porque nadie la había visto siquiera en muchos años (Oxytropis jabalambrensis) y finalmente especies de las que nadie se había acordado al hacer el Catálogo en 1995 (Diphasiastrum alpinum, Exaculum pusillum, Allium pyrenaicum, Baldellia ranunculoides, Thalictrum flavum, etc.).

 

Elegir las especies a las que se van a dedicar recursos económicos escasos ya plantea un primer problema, que precisa abundante información científica. Son muy importantes a este respecto las listas “rojas”, es decir, de especies amenazadas. A las listas rojas de carácter geográfico amplio, hay que añadirles también especies que no están amenazadas a nivel global, pero sí al nivel al que se aplica la protección legal (Stipa tenacissima en Aragón). Además, se añaden también especies no amenazadas, pero que tienen un indiscutible valor ecológico (Juniperus thurifera), biogeográfico (es frecuente que las listas legales acaben sobrecargadas de endemismos) o cuyo uso se necesita regular (Ilex aquifolium). Por eso, la protección legal no puede coincidir nunca exactamente con las listas de especies amenazadas.

 

Actualmente, en Aragón están en vigor los siguientes planes de gestión de vegetales:

 

- Plan de Recuperación de Borderea chouardii

- Plan de Recuperación de Vella pseudocytisus subsp. paui

- Plan de Recuperación de Cypripedium calceolus

- Plan de Conservación de Krascheninnikovia ceratoides

 

Ahora, se está trabajando en un plan conjunto de gestión para 15 especies halófilas (Carex lainzii, Halopeplis amplexicaulis, Limonium ruizii, Limonium stenophyllum, Lythrum flexuosum, Microcnemum coralloides, Pottia pallida, Pterygoneurum subsessile, Puccinellia pungens, Riccia crustata, Riella helicophylla, Riella notarisii, Ruppia maritima, Scorzonera parviflora y Tamarix boveana), que tienen problemas muy similares y que corren un gran riesgo por ser un hábitat muy despreciado por mucha gente. Habrá que modificar el Decreto por el que se crea el Catálogo autonómico para que sea posible jurídicamente hacer planes de gestión conjuntos para varias especies, ya que esta posibilidad no estaba contemplada en la Ley 4/1989 ni en el Decreto original.

Las acciones necesarias para conservar la flora amenazada incluyen, además de la prohibición de destruir las plantas y la vigilancia para que se cumpla, la conservación del hábitat, la conservación ex situ y la educación ambiental para concienciar a la gente de la necesidad de conservar la diversidad vegetal, la investigación sobre los factores que influyen en la viabilidad de las poblaciones, como son:

 


El número de efectivos y su distribución geográfica exacta (coordenadas, mapas, censos, muestreos para densidad y determinación de superficies...)

La dinámica demográfica (estructura en fases, pirámide de edades, tasas de supervivencia y mortalidad, tablas de vida, tendencia, modelos de proyección al futuro, mínima población viable...)

La biología de la reproducción (tipo de reproducción, forma de fecundación, tasa de floración, tasa de fructificación, tasa de producción de semillas, tasa de germinación, banco de semillas, tasa de reclutamiento...)

La genética (diversidad genética intraespecífica, estructuración genética, variabilidad intrapoblacional y endogamia, variabilidad interpoblacional

Las condiciones ambientales abióticas y bióticas (sobre todo, la influencia humana).

 

Las medidas de gestión a veces pretenden contrarrestar motivos naturales de rareza (reproducción escasa, poca competitividad con otras especies, etc.), pero hay que recordar que, en Europa, no podemos hablar hoy en día con seguridad de rareza natural porque no sabemos si las especies que son raras después de siglos de civilización lo eran antes o no. El objetivo no es ya conservar la naturaleza, sino conservar la diversidad.

Es muy frecuente para muchas especies que todavía estén pendientes los primeros pasos. Así, por ejemplo, la delimitación de las áreas de distribución de las plantas del Anexo II de la Directiva Hábitats de la Unión Europea para proponer Lugares de Importancia Comunitaria (LICs) se hizo recientemente, mediante un proyecto Life que se desarrolló entre los años 1997 y 2000. Existe una inclinación perversa de la administración a concentrar los esfuerzos en pocas especies, que a menudo son estéticamente llamativas (Cypripedium calceolus), y a descuidar las demás. A veces, estas especies “bandera” pueden servir para la conservación de otras (especies “paraguas”), pero no siempre es así.

La administración de medio ambiente tiene una preocupante tendencia a separar la competencia en gestión de especies amenazadas y la de informes sobre impactos ambientales, lo que, añadido a que la competencia en ciencia está completamente aparte, dificulta cada vez más que los resultados de la investigación científica lleguen a los que toman las decisiones. El resultado es que cada vez es más frecuente que los informes ambientales los haga gente sin conocimientos de botánica (a veces, simplemente sin conocimiento). Los políticos y la sociedad piden, cada vez más, que datos como presencia de especies, densidad, tendencia demográfica, etc. se traduzcan en conclusiones como sitios donde está permitida una actividad y sitios donde está prohibida.